APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL - MODIFICACIONES AL CONVENIO CONSTITUTIVO DEL BID




Promulgación: 11/12/1975
Publicación: 22/12/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1584

Artículo 4

La integración de los nuevos aportes se hará por el Banco Central del
Uruguay, con recursos propios y formará parte de su capital (Artículo 471
de la ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967.
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