NORMAS SOBRE RECLUSION CARCELARIA Y PERSONAL PENITENCIARIO




Promulgación: 02/12/1975
Publicación: 11/12/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1520
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - NORMAS DE TRATO DE LOS RECLUSOS

Artículo 26

Las reclusas estarán a cargo exclusivamente de personal femenino. Esto no
excluye que, por razones técnicas o de servicio, funcionarios del sexo
masculino, desempeñen sus tareas en establecimientos para mujeres.
Ninguna persona del sexo masculino, penetrará en dependencias de un
establecimiento de mujeres, sin ser acompañada por un integrante del
personal femenino del mismo.
Referencias al artículo
Ayuda