Autorízase al Directorio del Frigorífico Nacional para proceder a la venta
de los siguientes bienes, ubicados en el Departamento de Montevideo, que
integran el patrimonio de dicho Ente:
1) Campo ubicado en el Pantanoso 13ª Sección Judicial, compuesto de una
superficie total de 11 Hás. 6.321 m², integrado por los padrones Nº
42.566, 42.584, 42.585 y 42.586.
2) Campo ubicado en el 2ª Sección Judicial en la esquina de las calles
Cerrito y Solís, empadronado con el Nº 2.855, compuesto de una
área de 714 m² 4.875; y padrón Nº 2.856 compuesto de un área de 243
m² 2.0053.
3) Propiedad ubicada en la 23ª Sección Judicial con frente a la Avenida
Garibaldi Nº 2678 empadronada con el Nº 87.643, compuesta de una
superficie de 1.218 m².
4) Propiedad ubicada en la 9ª Sección Judicial con frente a la calle
Daniel Zorrilla Nº 5537/39/41, empadronada con el Nº 152.463,
compuesta de una superficie de 232 m² 0020.
5) Propiedad ubicada en la 24ª Sección Judicial con frente a la Avenida
General San Martín Nº 3942-46-46bis, empadronada con el Nº 129.829,
compuesta de una superficie de 214 m² 0043.
6) Propiedad ubicada en la 6ª Sección Judicial con frente a la calle
Rivera Nº 2186/88, empadronada con el Nº 22.136.
Las ventas deberán realizarse a un precio no inferior al de la tasación
que practicará la Dirección General del Catastro Nacional.
Las mismas podrán efectuarse:
A) En remate público.
B) Previa licitación de precios.
C) En operación directa.
En el caso indicado en el literal C del parágrafo anterior, la operación
será acordada en principio y sólo podrá escriturarse en definitiva si
mediare informe favorable de la Inspección General de Hacienda.
El Directorio del Frigorífico Nacional aplicará el importe del precio de
las ventas, para la conservación industrial y reposición de elementos de
trabajo, a los efectos del giro habitual de sus negocios.