AJUSTE DEL MONTO DE LAS MULTAS POR INFRACCIONES A LEYES LABORALES




Promulgación: 23/09/1975
Publicación: 06/10/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 743

Artículo 3

La sanción establecida por el artículo 16º de la ley 6.874, de 11 de
febrero de 1919, por incumplimiento a sus disposiciones y la establecida
en el artículo 7º del decreto de 26 de febrero de 1919, por omisión de
exhibir la libreta de Pensiones a la Vejez, se fijan en la suma de
N$ 10.00 (diez nuevos pesos). (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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