CAPITULO XI INCISO 8 - MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA
Artículo 215
Destínase una Partida anual de N$ 1.000 (un mil nuevos peso) con cargo al
Rubro 9, Renglón 911, del Programa 1.05 "Administración y elaboración del
Registro de la Propiedad Industrial", del Inciso 8 - Ministerio de
Industria y Energía, para atender gastos originados a la Dirección de la
Propiedad Industrial con motivo de visitas que realicen a nuestro país
técnicos extranjeros, para el intercambio de tecnologías.