RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1974




Promulgación: 28/08/1975
Publicación: 08/09/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 464

CAPITULO XI
INCISO 5 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 160

El Centro de Computación de la Contaduría General de la Nación tendrá por
cometido el procesamiento y archivo de toda la información financiera,
presupuestal y patrimonial de la Administración Pública, con exclusión de
la materia tributaria.

 A efectos del cumplimiento de tales fines, facúltase a la Contaduría
General de la Nación a requerir directamente a toda oficina pública, así
como a los Gobiernos Departamentales o Entes Autónomos y Servicios
Descentralizados, la información que estime necesaria.
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