LEY DE CHEQUES




Promulgación: 08/08/1975
Publicación: 14/08/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 343
Reglamentada por: Decreto Nº 730/975 de 30/09/1975.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DEL CHEQUE COMUN

Artículo 64

A petición del infractor, el Banco Central del Uruguay considerará su
rehabilitación, pudiendo concederla en los casos debidamente
justificados. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 65.
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