LEY DE CHEQUES




Promulgación: 08/08/1975
Publicación: 14/08/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 343
Reglamentada por: Decreto Nº 730/975 de 30/09/1975.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DEL CHEQUE COMUN

Artículo 23

   El endoso trasmite todos los derechos inherentes al cheque.
   Si el endoso fuese en blanco, el portador puede:

1º Llenar el blanco, sea con su nombre, sea con el nombre de otra
   persona.
2º Endosar el cheque nuevamente en blanco o a otra persona.
3º Entregar el cheque a un tercero, sin llenar el blanco ni endosarlo. (*)

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 28/08/1975.
Ayuda