BANCO HIPOTECARIO - OBLIGACIONES HIPOTECARIAS REAJUSTABLES




Promulgación: 16/07/1975
Publicación: 22/07/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 80

Artículo 4

El servicio de interés se realizará para la Serie A/1975 en los meses de
enero, abril, julio y octubre de cada año, para la Serie B/1975 en los
meses de febrero, mayo, agosto y noviembre y para la Serie C/1975 en los
meses de marzo, junio, setiembre y diciembre de cada año. La forma de
rescate de las Obligaciones será fijada por el Banco Hipotecario del
Uruguay en oportunidad de cada emisión.
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