APROBACION DE UN NUEVO REGIMEN DE ARRENDAMIENTOS RURALES




Promulgación: 16/06/1975
Publicación: 24/06/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 1369
Referencias a toda la norma

CAPITULO IX - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 71

Para que el arrendador pueda ejercer acción contra el arrendatario en base
a que éste no cumple sus obligaciones como "buen padre de familia", será
condición necesaria que las circunstancias relativas al estado del
inmueble en la fecha de iniciación del contrato consten en el instrumento
que lo pruebe.
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