AUTORIZACION A LA "SOCIEDAD DE BANCOS", "BANCO DE COBRANZAS" Y "BANCO ALDAVE Y MARTINEZ", PARA APLICAR SOLUCIONES PARA SU SUPERVIVENCIA Y QUE BENEFICIEN LA ECONOMIA NACIONAL
La cancelación de obligaciones en moneda extranjera podrá efectuarse
también, entregando obligaciones negociables en moneda extranjera que a
tal efecto emita el Estado o el Banco Central del Uruguay por su cuenta
y orden.
El plazo de vencimiento de tales obligaciones y su interés, serán
determinados por el Poder Ejecutivo.