AUTORIZACION A LA "SOCIEDAD DE BANCOS", "BANCO DE COBRANZAS" Y "BANCO ALDAVE Y MARTINEZ", PARA APLICAR SOLUCIONES PARA SU SUPERVIVENCIA Y QUE BENEFICIEN LA ECONOMIA NACIONAL
En los procedimientos de liquidación a que se refieren los artículos
precedentes, deberán considerarse, en su caso, los principios generales y
preceptos que informan la legislación vigente en materia de liquidación
de bancos, en todo aquello que no se oponga a la presente ley ni a su
reglamentación.