De la moneda de cobre - aluminio - níquel se acuñarán dos mil ensayos en plata y mil en oro. De la moneda de oro se acuñarán mil ensayos en plata y mil en cobre. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Ley Nº 14.386 de 24/06/1975 artículo 1. TEXTO ORIGINAL: Decreto Ley Nº 14.276 de 27/09/1974 artículo 11.