CAPITULO IX INCISO 22 - CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION
Artículo 284
Autorízase para el Ejercicio 1974, al Programa 22.02, Consejo de
Educación Primaria, una partida por una sola vez de $ 2.000:000.000 (dos
mil millones de pesos) para atender la alimentación escolar.