CAPITULO IX INCISO 12 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Artículo 271
Hácense extensiva a todos los cargos de los Escalafones Técnico
Profesional (Clases A y B) y Especializado, no provistos en titularidad,
las disposiciones del artículo 293 de la Ley N° 13.640, de 26 de
diciembre de 1967.