CAPITULO IX INCISO 5 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Artículo 194
Declárase de utilidad pública la expropiación del inmueble empadronado
con el N° 198.648 de Montevideo, destinado a la construcción del edificio para sede de la Dirección General Impositiva y sus dependencias en la capital.
Destínase la suma de $ 300:000.000 (trescientos millones de pesos)
para atender los gastos de dicha expropiación, así como también para el proyecto y construcción del edificio y sus instalaciones.
Asimismo queda autorizado el Poder Ejecutivo para proceder a la
enajenación de los bienes inmuebles, propiedad del Estado, ubicados en la ciudad de Montevideo y ocupados actualmente por las Oficinas dependientes de la Dirección General de Impositiva, debiendo afectarse su producto líquido al mismo destino.