RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1973




Promulgación: 22/08/1974
Publicación: 29/08/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 447
Referencias a toda la norma

CAPITULO IX
INCISO 4 - MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 159

   El Ministerio del Interior, dispondrá la creación y organización de 
Centros de Recuperación Carcelaria en toda la República sobre la base de las chacras policiales u otros organismos que puedan ser útiles a tal 
fin, los que funcionarán conforme a la reglamentación que se dicte al efecto.

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