FIJACION DE DISPOSICIONES PARA LA PROVISION DE CARGOS VACANTES Y ASCENSOS EN LOS ORGANISMOS ESTATALES




Promulgación: 26/07/1974
Publicación: 02/08/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 270

Artículo 2

   Todos los ascensos tendrán carácter interino hasta que venzan los 
términos para recurrir o se decidan los recursos administrativos y jurisdiccionales de acuerdo con lo previsto en el artículo anterior. Los términos correspondientes a interinatos no confirmados se computarán a 
los efectos de ascensos posteriores como desempeñados en el cargo de origen.
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