LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS Y SUBURBANOS




Promulgación: 04/07/1974
Publicación: 22/07/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 24
Ver vigencia: Ley Nº 18.795 de 17/08/2011 artículo 25.
Referencias a toda la norma

CAPITULO XI - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 112

   En las localidades donde no se dispusiere de Programas de Viviendas
de Emergencia, para ser adjudicadas de acuerdo a lo establecido en el
Capítulo X de la presente ley, la Dirección Nacional de Vivienda podrá
autorizar la afectación de viviendas existentes o pertenecientes a otros
Programas, para ser adjudicadas por sorteo con dicha finalidad.
   El Poder Ejecutivo reglamentará la aplicación de la presente
disposición.
   Las familias desalojadas gozarán de las preferencias a que refiere el
artículo 11 del decreto Nº 416/972, de 15 de junio de 1972. 
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