LEY DE FOMENTO A LAS EXPORTACIONES




Promulgación: 27/06/1974
Publicación: 23/07/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1974
  •    Página: 1806
Reglamentada por: Decreto Nº 67/975 de 23/01/1975.
Referencias a toda la norma

Artículo 11

   Facúltase al Poder Ejecutivo para elevar los reintegros a que se refiere el artículo 1º de la presente ley, hasta el 50% (cincuenta por ciento), cuando se trate de productos no tradicionales.
   El reintegro podrá elevarse al 80% (ochenta por ciento), en el caso 
de exportaciones novedosas que procuren conquistar nuevos mercados.
   Una vez afirmada la corriente exportadora, el Poder Ejecutivo, podrá 
disminuir el reintegro a los porcentajes actualmente establecidos por el artículo 445 de la ley número 13.892, de 19 de octubre de 1970. (*)
Referencias al artículo
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