SUSPENSION DE DISPOSICIONES DE LAS LEYES 10.050, 10.808, 12.070 Y MODIFICATIVAS, REFERENTE A JURISDICCION Y ORGANIZACION DE LAS FUERZAS, SISTEMAS DE ASCENSOS Y RETIRO OBLIGATORIO
Todas las vacantes en el grado de General serán provistas por el
sistema de selección directa, a propuesta del Comando General del
Ejército, a cuyo efecto los Oficiales Generales en situación de actividad
y ocupando cargos, actuando en Junta, seleccionarán el o los Coroneles
que ocuparán las vacantes a proveer entre los Oficiales Superiores
comprendidos en las disposiciones del artículo 1º de la ley 10.757, de 27
de julio de 1946 (Artículo 280 de la ley 10.050, de 18 de setiembre de
1941) y sus modificativas. (*)