PRIMERAS LINEAS URUGUAYAS DE NAVEGACION AEREA (PLUNA). SOCIEDAD DE ECONOMIA MIXTA. CREACION




Promulgación: 13/02/1943
Publicación: 11/03/1943
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1943
  •    Página: 548
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   La sociedad mixta entre el Estado y la Pluna, se regirá por las disposiciones del presente decreto-ley y por las del Reglamento que proyectará su primer Directorio dentro de los treinta días subsiguientes a su constitución. Para su vigencia deberá ser aprobado por el Poder Ejecutivo en Consejo de Ministros, previos los asesoramientos de sus organismos técnicos.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 23.
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