PRIMERAS LINEAS URUGUAYAS DE NAVEGACION AEREA (PLUNA). SOCIEDAD DE ECONOMIA MIXTA. CREACION




Promulgación: 13/02/1943
Publicación: 11/03/1943
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1943
  •    Página: 548
Referencias a toda la norma

Artículo 16

   La liquidación definitiva de la subvención se practicará anualmente por la Inspección General de Hacienda, y será aprobada por el Ministerio de Hacienda, previo dictamen del Ministerio de Defensa Nacional.
   Los egresos no podrán nunca exceder, al objeto de la liquidación, de las autorizaciones presupuestales, con excepción de los rubros correspondientes al material de vuelo, repuestos, combustibles y lubricantes, los que podrán variar de acuerdo a sus precios.
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