Los beneficios líquidos de la sociedad mixta se distribuirán en la siguiente forma:
A) El 10% entre los miembros del Directorio por partes iguales, incluso el
Presidente.
B) El 3% adicional, para el Presidente.
C) El 1% para el Síndico.
D) El 5% para el fondo de reserva hasta alcanzar el 50% del capital
integrado.
E) El 80% restante para los accionistas, incluso el Estado.