FUNCIONARIOS. PROCESOS JUDICIALES. REGULACION




Promulgación: 29/01/1943
Publicación: 06/02/1943
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1943
  •    Página: 323
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Decretada judicialmente la prisión del funcionario el Poder Ejecutivo podrá retener hasta la totalidad de los haberes, teniendo en cuenta los requerimientos del servicio a cargo del inculpado, y mientras no se defina la situación de éste.
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