INFRACCIONES ADUANERAS




Promulgación: 23/10/1942
Publicación: 28/10/1942
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1942
  •    Página: 1238
Ver: Decreto Ley Nº 10.314 de 18/01/1943 (reglamentario).
Referencias a toda la norma

VIII

Disposiciones generales

Artículo 50

   Deróganse los artículos 170, 171, 172, 175, 176, 278, 280, 285 y 286 de la ley número 700 de 13 de Marzo de 1862; artículos 7º, 8º y 9º, de la ley número 1.599 de 4 de Enero de 1883; artículos 5º y 6º de la ley número 1.962 de 5 de Enero de 1888; artículo 6º de la ley número 2.039 de 18 de Enero de 1889; la ley número 6.839 de 18 de Diciembre de 1918; ley número 9.211 de 19 de Enero de 1934; ley número 9.315 de 14 de Marzo de 1934; artículos 61 y 62 de la ley número 9.539 del 31 de Diciembre de 1935 y cualquier otra disposición que se oponga al presente decreto-ley. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 51 (vigencia).
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