EXPROPIACIONES. ZONAS INUNDABLES




Promulgación: 09/10/1942
Publicación: 22/10/1942
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1942
  •    Página: 1168

Artículo 12

   Declárase de utilidad pública la expropiación de los inmuebles a que se refiere el artículo 2º, así como también la de los que el Instituto Nacional de Viviendas Económicas considere conveniente adquirir, a los fines dispuestos por el artículo 4º.
Ayuda