Decreto Departamental de Flores N° 0929/017
MODIFICACION PRESUPUESTAL, EJERCICIOS 2017 - 2020 -(DECRETO N°0929 SANCIONADO 09/10/2017 PROMULGADO 17/10/2017)-
Fuente del Texto: Intendencia de Flores
ARTÍCULO 5º/ Sustitúyase la redacción del inciso 1º y 2º del artículo 11 del Decreto No. 0888 por la siguiente: “Los funcionarios municipales ajustarán sus haberes cuatrimestralmente por el 100% (cien por ciento) de la variación del I.P.C. que fija el Instituto Nacional de Estadística para el cuatrimestre anterior a la fecha de ajuste, más 1 (un) punto porcentual anual por encima del I.P.C. que se hará efectivo en el mes de enero de cada año, este última a partir del año 2018.
Si a la finalización del año civil, es decir al 31 de diciembre de cada año, los ajustes salariales dados por el Gobierno para la Administración Central fueran de mayor cuantía al sistema fijado precedentemente, operará en forma automática un aumento a favor de los funcionarios municipales por la diferencia que surja entre el criterio de ajuste por IPC más los puntos de recuperación y los ajustes dados por el Gobierno para la Administración Central. (*)
(*) Derogado por : Decreto Departamental 01037, promulgado el 15/11/2021 artículo 37.
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