Aprobado/a por: Decreto Nº 565/006 de 18/12/2006 artículo 1.
  
ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA N° 58 SUSCRITO ENTRE LOS GOBIERNOS 
DE LA REPUBLICA ARGENTINA, DE LA REPUBLICA FEDERATIVA
DEL BRASIL, DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY Y DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL
URUGUAY, ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU

                        Tercer Protocolo Adicional

   Los Plenipotenciarios de la República Oriental del Uruguay y de la 
República del Perú, acreditados por sus respectivos Gobiernos según poderes que fueron otorgados en buena y debida forma, depositados oportunamente en la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana 
de Integración (ALADI).

CONSIDERANDO la conveniencia de preservar el patrimonio histórico y avanzar en la implementación del ACE No 58,

                                CONVIENEN:
   Artículo 1°.- Establecer en el Acuerdo de Complementación Económica N° 58, Anexo II-C, Apéndice II-C, preferencias otorgadas por Perú a 
Uruguay, para el producto "Tops" de lana, clasificado en el ítem 
NALADISA (96) 5105.29.10, las condiciones que se detallan en el cuadro anexo.

   Artículo 2°.- Establecer en el Acuerdo de Complementación Económica 
No. 58, Anexo II-C, Apéndice IX, preferencias otorgadas por Uruguay a Perú, para el producto "Tops" de pelo fino, clasificado en el ítem NALADISA (96) 5105.30.10, las condiciones que se detallan en el cuadro anexo.

   Artículo 3°.- El presente Protocolo entrará en vigor en la fecha en 
que los Gobiernos de la República del Perú y de la República Oriental 
del Uruguay lo hayan incorporado a su derecho interno, en los términos 
de sus respectivas legislaciones.

   Las Partes signatarias comunicarán a la Secretaría General de ALADI 
la fecha de cumplimiento del requisito mencionado en el párrafo anterior.

   PREFERENCIA ARANCELARIA OTORGADA POR PERU A URUGUAY:

NALADISA    Descripción    Margen de     Observación     REO
  96                        Preferencia
51052910    "Tops" de lana
51052910    De finura        100%     Cupo 150     Cambio de partida
            superior a 48              TM/año 
            Bradford
51052910    De finura        100%     Por encima   Cambio de capítulo 
            superior a 48             del cupo
            Bradford 
51052910    Excepto de       100%                  Cambio de capítulo
            finura superior 
            a 48 Bradford

PREFERENCIA ARANCELARIA OTORGADA POR URUGUAY A PERU:

NALADISA    Descripción     Margen de     Observación     REO
   96                       Preferencia
51053010    "Tops" de 
             pelo fino
51053010     De pelos de      100%        Cupo 50  Cambio de partida
             alpaca sin                   TM/año 
             mezclas de 
             otras fibras
51053010     De pelos de      100%     Por encima  Cambio de capítulo
             alpaca sin                   del      
             cupo mezclas 
             de otras fibras
51053010     Excepto de       100%                 Cambio de capítulo
             pelos de 
             alpaca sin
             mezclas de 
             otras fibras

   La Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) será depositaria del presente Protocolo, del cual enviará copias debidamente autenticadas a los Gobiernos de las Partes Signatarias.

   EN FE DE LO CUAL, los respectivos Plenipotenciarios suscriben el presente Protocolo en la ciudad de Montevideo a los 24 días del mes de agosto del año dos mil seis, en un original en idioma español.

   Por el Gobierno de la República del Perú:

   William Belevan Mc Bride

   Por el Gobierno de la República Oriental del Uruguay:

   Gonzalo Rodríguez Gigena.
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