APROBADO POR DECRETO LEY Nº 14.306




Promulgación: 29/11/1974
Publicación: 06/12/1974
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 14.306 de 29/11/1974.
Ver vigencia: Ley Nº 19.438 de 14/10/2016 artículo 175.

Referencias a toda la norma

TITULO UNICO - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL
CAPITULO QUINTO
SECCION PRIMERA - INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 95

   (Contravención).- La contravención es la violación de leyes o
reglamentos, dictados por órganos competentes, que establecen deberes
formales.
   Constituye también contravención, la realización de actos tendientes a
obstaculizar las tareas de determinación y fiscalización de la
Administración.
   Será sancionada con multa de $ 2.000 (dos mil pesos) a $ 200.000
(doscientos mil pesos). (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 99, 101 y 108.
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