APROBADO POR DECRETO LEY Nº 14.306




Promulgación: 29/11/1974
Publicación: 06/12/1974
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 14.306 de 29/11/1974.
Ver vigencia: Ley Nº 19.438 de 14/10/2016 artículo 175.

Referencias a toda la norma

TITULO UNICO - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL
CAPITULO QUINTO
SECCION PRIMERA - INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 105

   (Responsabilidad por acto de los representantes y de los
dependientes).- Cuando un mandatario, representante, administrador o
encargado incurriere en infracción, los representados serán solidariamente
responsables por las sanciones pecuniarias.
   Las personas o entidades y los patronos en general serán solidariamente
responsables por las sanciones pecuniarias aplicadas a sus dependientes,
por su actuación como tales. (*)

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 13/12/1974.
Ver en esta norma, artículo: 108.
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