APROBADO POR DECRETO LEY Nº 14.306




Promulgación: 29/11/1974
Publicación: 06/12/1974
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 14.306 de 29/11/1974.
Ver vigencia: Ley Nº 19.438 de 14/10/2016 artículo 175.

Referencias a toda la norma

TITULO UNICO - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL
CAPITULO QUINTO
SECCION PRIMERA - INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 104

   (Responsabilidad de las entidades).- Las personas jurídicas y las demás
entidades podrán ser sancionadas por infracciones sin necesidad de
establecer las responsabilidad de una persona física.
   Sin perjuicio de la responsabilidad pecuniaria de la persona o
entidad, sus representantes, directores, gerentes, administradores o
mandatarios serán sancionados por su actuación personal en la 
infracción. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 108.
Referencias al artículo
Ayuda