APROBADO POR DECRETO LEY N° 15.032




Promulgación: 07/07/1980
Publicación: 18/08/1980
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 15.032 de 07/07/1980.
Ver vigencia: Código del Proceso Penal 2017 de 19/12/2014 artículo 402.

Referencias a toda la norma

LIBRO I - DISPOSICIONES GENERALES
TITULO II - DE LAS ACCIONES
CAPITULO II - DE LA ACCION CIVIL

Artículo 27

   (Ejercicio separado de las acciones civil y penal).- La acción civil y
la acción penal que se fundan en el mismo hecho ilícito deberán
ejercitarse separada e independientemente en las sedes respectivas. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 28 y 357 (vigencia).
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