APROBADO POR DECRETO LEY N° 15.032




Promulgación: 07/07/1980
Publicación: 18/08/1980
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 15.032 de 07/07/1980.
Ver vigencia: Código del Proceso Penal 2017 de 19/12/2014 artículo 402.

Referencias a toda la norma

LIBRO II - DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO
TITULO VI - DE LOS RECURSOS
CAPITULO II - DEL RECURSO DE APELACION
SECCION II - TRAMITE ANTE EL TRIBUNAL DE SEGUNDA INSTANCIA

Artículo 259

  (Trámite de la prueba).- De la prueba que se produzca, según los
artículos anteriores, se conferirá traslado a cada parte por tres días
perentorios, vencidos los cuales se pasarán los autos al despacho para
sentencia. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 257, 258, 305, 306 y 357 (vigencia).
Referencias al artículo
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