APROBADO POR DECRETO LEY N° 15.032




Promulgación: 07/07/1980
Publicación: 18/08/1980
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 15.032 de 07/07/1980.
Ver vigencia: Código del Proceso Penal 2017 de 19/12/2014 artículo 402.

Referencias a toda la norma

LIBRO II - DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO
TITULO II - DEL SUMARIO
CAPITULO II - DE LA LIBERTAD PROVISIONAL

Artículo 151

   (Efectos de la comparecencia del imputado).- Si el imputado comparece o
es presentado por el caucionante antes de hacerse efectiva la caución,
quedarán revocadas las resoluciones de los artículos 149 y 150; las 
costas serán de cargo del caucionante. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 149, 150, 305, 346 y 357 (vigencia).
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