APROBADO POR LEY Nº 15.982




Promulgación: 18/10/1988
Publicación: 14/11/1988
Aprobado/a por: Ley Nº 15.982 de 18/10/1988.
Ver vigencia:
      Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652,
      Código General del Proceso de 18/10/1988 artículo 547.

Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
      Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
Referencias a toda la norma

LIBRO II - DESARROLLO DE LOS PROCESOS
TITULO IV - PROCESO DE CONOCIMIENTO
CAPITULO IV - PROCESO DE ESTRUCTURA MONITORIA
SECCION III - OTROS PROCESOS MONITORIOS

Artículo 368

    Resolución de contrato de promesa.-
    Es el proceso en el que se demanda la resolución por falta de pago de
promesas de enajenación de inmuebles a plazos o casas de comercio,
inscriptas en los Registros respectivos y proceda disponerla luego de
incurso en mora el demandado, previa la intimación de pago hecha de
conformidad con lo dispuesto por las leyes que regulan las materias
respectivas y justificadas las demás exigencias de hecho y de derecho
requeridas al efecto. 
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