APROBADO POR LEY Nº 20.333




Promulgación: 11/09/2024
Publicación: 25/09/2024
Aprobado/a por: Ley Nº 20.333 de 11/09/2024 artículo 1.

LIBRO III - NORMAS PROCESALES
Título IV - De los procesos preliminares, cautelares y anticipativos
Capítulo 1 - De los procesos preliminares

Artículo 120

   (Petición inicial de los procesos preliminares).- 
   La petición se formulará por escrito. La parte que solicitare la medida preliminar deberá denunciar el nombre y domicilio de la parte contra quien promoverá el proceso para preparar el cual pide la diligencia, el objeto del mismo y la finalidad concreta de la medida.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 205 (vigencia).
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