LIBRO III - NORMAS PROCESALES Título III - De la actividad procesal en general Capítulo 6 - De las comunicaciones a otras autoridades
Artículo 105
(Comunicaciones internacionales).- Las comunicaciones dirigidas a autoridades extranjeras u organismos internacionales se cursarán mediante exhortos y en la forma que dispongan los tratados y las leyes nacionales al respecto.