LIBRO II - DE LOS CONTRATOS DE COMERCIO TITULO IV - DE LAS COMPRAS Y VENTAS
Artículo 513
La venta comercial es un contrato, por el cual una persona, sea o no
propietaria o poseedora de la cosa objeto de la convención, se obliga a
entregarla, o a hacerla adquirir en propiedad a otra persona que se
obliga por su parte a pagar un precio convenido, y la compra para
revenderla o alquilar su uso.