LIBRO II - DE LOS CONTRATOS DE COMERCIO TITULO II - DEL MANDATO Y DE LAS COMISIONES O CONSIGNACIONES CAPITULO I - DEL MANDATO
Artículo 306
El mandato comercial, por generales que sean sus términos, sólo puede
tener por objeto actos de comercio.
Nunca se extiende a actos que no son los de comercio, si expresamente no se dispusiera otra cosa en el poder.