APENDICE NORMATIVOVer: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
LIBRO TERCERO - DE LOS MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO TITULO I - DE LA OCUPACION CAPITULO II - DEL HALLAZGO O INVENCION
Artículo 720
El descubrimiento de un tesoro es otra especie de invención o
hallazgo.
Se llama tesoro las monedas, joyas u otros objetos preciosos
que, elaborados por el hombre, han estado largo tiempo sepultados o
escondidos sin que haya memoria ni indicio de su dueño.