APENDICE NORMATIVOVer: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
LIBRO TERCERO - DE LOS MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO TITULO VII - DE LA PRESCRIPCION CAPITULO III - DE LA PRESCRIPCION CONSIDERADA COMO MEDIO DE EXTINGUIR LOS
DERECHOS SECCION I - DE LAS PRESCRIPCIONES DE TREINTA, VEINTE Y DIEZ AÑOS
Artículo 1218
El tiempo de la prescripción en las obligaciones condicionales o a
plazo, no principia a correr sino desde el cumplimiento de la condición o
vencimiento del plazo.
En la obligación de saneamiento, no corre sino desde que tiene lugar
la evicción. (*)