APROBADO POR LEY Nº 16.603




Promulgación: 19/10/1994
Publicación: 21/11/1994
Aprobado/a por: Ley Nº 16.603 de 19/10/1994.
Ver vigencia: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.

 APENDICE NORMATIVO
Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
      Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.

LIBRO TERCERO - DE LOS MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO
TITULO VI - DE LAS DISPOSICIONES COMUNES A LA SUCESION TESTADA O INTESTADA
CAPITULO IV - DEL BENEFICIO DE INVENTARIO

Artículo 1092

    Los efectos del inventario son:
    1º.- Que el heredero no queda obligado sino hasta donde alcanzan los
bienes hereditarios.
    2º.- Que conserva íntegras todas las acciones que tenía contra los
bienes del difunto. (Artículo 1547). (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 1547.
Ayuda