APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: 16/05/2024
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL
Capítulo III - Exoneraciones genéricas en favor de bienes, personas e instituciones de derecho público

Artículo 71-T3

   Agencia Nacional de Desarrollo (ANDE).- La Agencia Nacional de Desarrollo (ANDE) estará exonerada de todo tipo de tributos nacionales actuales y futuros, excepto las contribuciones de seguridad social. (*)

   Fuente: Ley 18.602 de 21 de setiembre de 2009, artículo 18° (Texto
   integrado).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 352 - Título 3.
Referencias al artículo
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