TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL Capítulo III - Exoneraciones genéricas en favor de bienes, personas e instituciones de derecho público
Artículo 71-T3
Agencia Nacional de Desarrollo (ANDE).- La Agencia Nacional de Desarrollo (ANDE) estará exonerada de todo tipo de tributos nacionales actuales y futuros, excepto las contribuciones de seguridad social. (*)
Fuente: Ley 18.602 de 21 de setiembre de 2009, artículo 18° (Texto
integrado).