TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL Capítulo XLIII - Fideicomisos
Artículo 318-T3
Fideicomiso Ley N° 18.931.- El fideicomiso constituido con el objeto de adquirir los activos pertenecientes a Pluna Líneas Aéreas Uruguayas S.A. (PLUNA S.A.) gravados con derechos reales de garantía (bienes fideicomitidos), así como la posterior enajenación de los bienes fideicomitidos a favor de terceros, y los gravámenes que se constituyan con este propósito, estarán exonerados de todo tributo. (*)
Fuente: Ley 18.931 de 17 de julio de 2012, artículos 1° y 2° (Texto
parcial, integrado).