TITULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERES GENERAL CAPITULO 3 - EXONERACIONES GENERICAS EN FAVOR DE BIENES, PERSONAS E INSTITUCIONES DE DERECHO PUBLICO
Artículo 50-T3
Créase, como persona pública no estatal, el Instituto de Promoción de
la Inversión y las Exportaciones de Bienes y Servicios, que actuará en el
país y en el exterior.
Estará exonerado de todo tipo de tributos nacionales, excepto las
contribuciones de seguridad social.
Fuente: Ley 16.736 de 5 de enero de 1996, artículos 202º y 211º
(Texto parcial, integrado).