APROBADO POR DECRETO Nº 338/996




Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.

 
Reforma Tributaria -Ley Nº 18.083- (vigencia)

TITULO 2 - DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL
CAPITULO 34 - ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y EL GOBIERNO DE NUEVA ZELANDA EN MATERIA DE COOPERACION ECONOMICA - COMERCIAL Y CIENTIFICA - TECNOLOGICA

Artículo 128-T2

   Los proyectos y otras actividades de cooperación llevados a cabo por 
los organismos gubernamentales y de otro carácter de ambos países en 
procura de los intereses mutuos referidos anteriormente, serán objeto de
entendimientos específicos o acuerdos operativos entre las organizaciones
interesadas en los que se indicarán las condiciones bajo las cuales 
dichas actividades se llevarán a cabo, responsabilidades mutuas, 
obligaciones y compromisos financieros.
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