Visto: la resolución 911/977, de fecha 22 de junio de 1977, por la que
se incorporó al régimen establecido por la ley 14.407, de 22 de julio de
1975, a la totalidad de actividades comprendidas en los grupos Nº 4 y 48
del decreto de 26 de julio de 1962 y algunas actividades comprendidas en
el Grupo Nº 1 del mencionado decreto.
Considerando: que es necesario proceder a rexaminar, por razones de
conveniencia y oportunidad, la inclusión en el régimen preindicado de
algunas de las actividades previstas en dicha resolución, lo que hace
necesaria la suspensión de su aplicación inmediata.
Atento: a lo anteriormente expuesto,
El Presidente de la República
RESUELVE: