DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. MONTEVIDEO




Promulgación: 23/08/1996
Publicación: 20/09/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 273

2

      El inmueble queda afectado por la siguiente servidumbre: a)
prohibición de realizar cualquier modificación arquitectónica que altere
las líneas, el carácter o la finalidad del edificio, b) destinar el
edificio a usos incompatibles con las finalidades de la presente
declaratoria, c) obligación de proveer a la conservación del inmueble y
de efectuar las reparaciones necesarias para ese fin, d) permitir las
inspecciones que disponga la Comisión del Patrimonio con fines de
contralor.
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