MODIFICACION DE LA INTEGRACION DE LA SOCIEDAD SUAVAR LTDA.




Promulgación: 11/02/2014
Publicación: 25/02/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 163
Referencias a toda la norma
VISTO: la comunicación realizada por Ramón Francisco VARELA FERRARI e Irma
Ana GIRALDEZ TAPIE respecto de la nueva integración de SUAVAR LTDA., por
fallecimiento de uno de sus socios.

RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 527/998 de fecha
7 de julio de 1998, se autorizó la constitución de SUAVAR LTDA. integrada
por los señores Robert SUAREZ FAGÚNDEZ y Jorge Daniel VARELA GIRALDEZ, con
sesenta (60) cuotas sociales cada uno, correspondiéndole la titularidad
del servicio de radiodifusión en la frecuencia 90.1 MHz, CX 211 "Ideal FM"
de la localidad de Santa Lucía, departamento de Canelones;

II) que por cesión de cuotas sociales de fecha 2 de octubre de 2008, el
Sr. SUAREZ FAGUNDEZ cedió a Jorge Daniel VARELA GIRALDEZ cincuenta (50)
cuotas y a Ramón Francisco VARELA FERRARI las restantes diez (10) cuotas,
quedando integrada la sociedad por los Sres. Jorge Daniel VARELA GIRALDEZ
y Ramón Francisco VARELA FERRARI con ciento diez (110) cuotas y diez (10)
cuotas respectivamente.

III) que el referido negocio no contó oportunamente con la autorización
del Poder Ejecutivo, tal como exige la normativa vigente;

IV) que se acredita en autos que el Sr. Jorge Daniel VARELA GIRALDEZ
falleció el día 9 de enero de 2010, habiéndose tramitado su sucesión en
autos caratulados "Varela Giraldez, Jorge Daniel - Sucesión" IUE
2-15367/2010 del Juzgado Letrado de Familia de 27° Turno;

V) que del certificado de resultancias de autos surge que por auto N°
3129/2011, de 19 de julio de 2011, se declararon únicos y universales
herederos del causante a sus padres legítimos Ramón Francisco VARELA
FERRARI e Irma Ana GIRALDEZ TAPIE y se aprobó la relación de bienes en la
que se incluyeron las cuotas sociales que le correspondían en SUAVAR
LTDA., por partes iguales.

CONSIDERANDO: I) que se ha acreditado la cesión de cuotas sociales, de
conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 353/006 de 2 de octubre de
2006;

II) que Ramón Francisco VARELA FERRARI e Irma Ana GIRALDEZ TAPIE han
acreditado el cumplimiento de los requisitos personales exigidos por el
art. 8 del Decreto N° 734/978 de 20 de diciembre de 1978;

III) que se ha acreditado estar al día con las obligaciones ante la
Dirección General Impositiva y el Banco de Previsión Social, de acuerdo a
lo dispuesto por el Decreto N° 347/992 de 21 de julio de 1992;

IV) que la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección
de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la
Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería sugieren
imponer a los comparecientes una sanción de apercibimiento, por no haber
solicitado autorización del Poder Ejecutivo para transferir cuotas
sociales.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por el Decreto-Ley
14.670 de 23 de junio de 1977, la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 en
la redacción dada por la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, los
Decretos 734/978 de 20 de diciembre de 1978, 347/992 de 21 de julio de
1992, 155/005 de 9 de mayo de 2005, y 353/006 de 2 de octubre de 2006, a
lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, por
la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación
Audiovisual y por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorizar la modificación de la integración societaria de SUAVAR LTDA,
permisaria del uso de la frecuencia 90.1 MHz. CX 211 "FM IDEAL", de la
ciudad de Santa Lucía del departamento de Canelones, oportunamente
efectuada a favor de Jorge Daniel VARELA GIRALDEZ y de Ramón Francisco
VARELA FERRARI.(*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 207/014 de 22/04/2014 numeral 1.

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 83/014 de 11/02/2014 numeral 1.

2

 Autorizar la modificación de la integración societaria de SUAVAR LTDA,
permisaria del uso de la frecuencia 90.1 MHz. CX 211 "FM IDEAL", de la
ciudad de Santa Lucía del departamento de Canelones, la que quedará
integrada por los Sres. Ramón Francisco VARELA FERRARI con sesenta y cinco
(65) cuotas sociales e Irma Ana GIRALDEZ TAPIE con cincuenta y cinco (55)
cuotas sociales.(*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 207/014 de 22/04/2014 numeral 2.

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 83/014 de 11/02/2014 numeral 2.

3

 Aplicar a SUAVAR LTDA. una sanción de Apercibimiento.

4

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
Ayuda